Llámenos (011) 5217-6075

Cobertura de ART para personal de Casas Particulares

A partir del 03/11/2014, los empleadores deberán asegurar en una ART a las empleadas domesticas, con o sin retiro, por los riesgos de accidentes de trabajo. La fecha máxima para afiliarse, es el 11/12/2014.

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Modificaciones en la determinación de la base imponible para el pago de la cuota de ART

Nos dirigimos a Ud. para informarle acerca de las modificaciones en la determinación de la base imponible para el pago de la cuota de ART, a partir de la aplicación del artículo 10 de la Ley 26.773.

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Ventanilla Electrónica

A través del servicio de Sistema de Ventanilla Electrónica para Empleadores implementado por Resolución SRT N° 635/08 y modificado por Resolución SRT N° 365/09 usted recibirá las notificaciones y comunicaciones emitidas por esta Superintendencia, la ART con la que posee contrato vigente y las autoridades provinciales del trabajo.

Para utilizar este servicio se requiere:

  • Número de CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria).
  • Clave Fiscal. Si usted aún no la posee debe solicitarla a la AFIP, pudiendo hacerlo desde esta página: Solicitud de Clave Fiscal.
  • Alta del servicio de Sistema de Ventanilla Electrónica para Empleadores.

Para habilitar el servicio y utilizar el Sistema de la Ventanilla electrónica le recomendamos la lectura de los manuales:

Ingreso a Ventanilla Electrónica